El gobierno nacional había prohibido los tratamientos de hormonización y las cirugías de “cambio de sexo” en menores de edad, mediante el decreto emitido en febrero de 2025 (Decreto 62/2025), que modificó el artículo 11 de la Ley 26.743.
Pero hace unos días la Cámara Contencioso Administrativo Federal hizo lugar a un amparo de la Federación Argentina LGBT (FALGBT), y suspendió provisoriamente la aplicación de ese decreto presidencial.
Argumentó que el Poder Ejecutivo no justificó la necesidad y urgencia para modificar por decreto una ley del Congreso y que la prohibición vulneraba el derecho a la salud (?) y el principio de capacidad progresiva de niños y adolescentes.
Lo inaudito es que haya suspendido el Decreto provisoriamente, y que mientras la Justicia resuelve si hormonizar a un niño sano es salud, o amputar una parte de su cuerpo “por elección” está bien, permita seguir haciéndolo, a sabiendas que estas atrocidades dañan permanentemente a un niño que aún no tiene conciencia de los peligros y daños a los que lo someterán sus mayores.
Esto deja nuevamente desprotegidos a los niños y adolescentes que terminan con secuelas irreparables, incluso pudiendo provocar la muerte.
No todo está perdido…
En Córdoba, por estos días también, el legislador Gerardo Grosso, de Encuentro Vecinal Córdoba, junto a Patricia Botta y Gregorio Hernández Maqueda, presentaron un proyecto de ley de adhesión provincial para que Córdoba se adhiera de manera definitiva, para prohibir los tratamientos de hormonización y las cirugías de cambio de sexo en menores de edad, independientemente de lo que ocurra en la justicia federal.
Los puntos fundamentales de esta presentación legislativa contemplan:
- Protección ante fallos judiciales: Su objetivo principal es asegurar la vigencia de la prohibición en todo el territorio provincial de forma autónoma, luego de que la Cámara de la Justicia Federal suspendiera provisionalmente la aplicación del decreto presidencial a nivel nacional.
- Alcance total: La prohibición de realizar bloqueos puberales, tratamientos hormonales o cirugías de reasignación de género a menores de 18 años se extiende tanto a instituciones médicas públicas como privadas de la provincia de Córdoba.
- Sustento legal: Los autores fundamentan el proyecto bajo el principio constitucional del interés superior del niño y citan evidencia científica internacional que advierte sobre los daños y secuelas irreversibles de estas prácticas en menores
Iniciativas valientes como ésta, deben ser replicadas en toda la Nación, y ser promocionadas para que la sociedad, anestesiada por los medios masivos, tome conciencia de los peligros de estas prácticas.
Y que el sentido común y no una ideología perversa nos señale el camino como sociedad.
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Mirá el video del Dr. Gerardo Grosso aquí:
https://www.instagram.com/reel/DbBgfA5K5LE/?igsh=MWN2dXh2dzN4bGN6aA==sociedad.
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